Asesoría legal para la obtención de tu licencia de vivienda turística HUT en Cataluña
Sabemos que la normativa para las Habitatges d’Ús Turístic (HUT) en Cataluña es la más restrictiva y compleja del país. La entrada en vigor del Decret Llei 3/2023 ha transformado este proceso, supeditando la viabilidad de tu proyecto a la estricta planificación urbanística municipal.
En Ecoambients, te ofrecemos la claridad legal que necesitas. Nuestro servicio está diseñado para mitigar el riesgo, garantizando que tu inversión solo avance si el proyecto es legal y viable bajo el marco del DECRET 75/2020 y la nueva ley.
Las Restricciones Legales Clave para la HUT en 2025
Las restricciones legales para obtener el título habilitante para HUT se han vuelto significativamente más estrictas en Cataluña, buscando abordar la escasez de vivienda. El enfoque se centra en las restricciones urbanísticas y de uso, extraídas del Decret Llei 3/2023 y el TRLUC:
1. Restricciones Urbanísticas y de Planeamiento (Licencia Previa)
La actividad está sujeta a la obtención de una licencia urbanística previa en los municipios identificados con problemas de acceso a la vivienda o riesgo de desequilibrio urbano por alta concentración de HUT.
Alcance Geográfico Crítico: Esta obligación solo aplica a los municipios que cumplen al menos uno de estos criterios: ser zona con problemas de acceso a la vivienda (alta carga financiera o crecimiento excesivo del precio) o tener un riesgo de desequilibrio urbano (ratio de 5 o más HUT por cada 100 habitantes).
Condicionalidad del Planeamiento (POUM): El uso turístico solo es compatible con el uso residencial si el planeamiento urbanístico (municipal) lo permite expresamente. El POUM debe justificar la existencia de suficiente suelo calificado para domicilio habitual.
Límite de Densidad Máxima: En los municipios afectados, en ningún caso se pueden otorgar más licencias que las que resulten de aplicar un máximo de 10 HUT por cada 100 habitantes.
Vigencia Temporal Restringida: La licencia urbanística para HUT concedida tiene una limitación temporal de cinco años. Es prorrogable, pero solo si el planeamiento urbanístico lo permite de acuerdo con los criterios restrictivos.
2. Restricciones de Uso y Capacidad
La normativa también impone restricciones directas al uso de la vivienda:
Uso Integral de la Vivienda: Está prohibida la cesión por estancias (habitaciones) del HUT. Deben cederse enteros (senceros).
Capacidad Máxima: La ocupación máxima no puede superar las 15 plazas en total y no puede exceder las indicadas en la Cédula de Habitabilidad.
Uso Residencial No Permitido: La cesión debe ser para una estancia de temporada (igual o inferior a 31 días) y no puede constituir una nueva residencia para la persona alojada.
Compatibilidad Civil: El destino del HUT debe ser compatible con la normativa civil aplicable, incluyendo las normas internas de la comunidad de propietarios.
Nuestro Procedimiento de Alta de Licencia HUT: Máxima Seguridad en 2 Fases
Nuestro servicio se enfoca en resolver primero la incertidumbre legal para que solo inviertas en la gestión si el proyecto es viable, siguiendo estas dos fases:
1. Fase 1: Consulta de Viabilidad Legal y Urbanística
Esta fase inicial es fundamental para mitigar el riesgo y el coste en el que incurrirás, especialmente ante el POUM y el DL 3/2023.
Análisis del POUM y Afección: Verificamos si tu municipio está incluido en los 262 afectados y si el Ayuntamiento ha modificado ya su planeamiento urbanístico (POUM) para aplicar las restricciones del Decreto.
Viabilidad Favorable: En caso de que la viabilidad sea positiva, te proporcionamos la información y detalles del trámite y pasamos inmediatamente a la gestión.
Viabilidad No Favorable: En caso negativo, emitimos un informe detallado con las razones alegadas por la Administración, analizamos la posibilidad de que la situación legal cambie a futuro, y te presentamos modalidades de alojamiento turístico alternativas a las HUT que sean legalmente viables en tu municipio.
2. Fase 2: Gestión Integral y Tramitación de la Licencia
Una vez confirmada la viabilidad, nos encargamos de todo el proceso para obtener la licencia definitiva:
Gestión Documental: Nos aseguramos de que dispongas de la documentación crítica, como la Cédula de Habitabilidad vigente.
Licencia y Registro: Gestionamos la solicitud de la Licencia Urbanística Previa ante el Ayuntamiento y la posterior Declaración Responsable (DRT) y la inscripción final en el Registro de Turismo de Catalunya (NIRTC).
Información Operativa: Te informamos acerca del funcionamiento, el registro de huéspedes y otras responsabilidades, incluyendo la obligación de exhibir la comunicación del NIRTC y la capacidad máxima de la vivienda.
Consulta el Precio Exacto y Requisitos Municipales para tu Provincia
Dado que el éxito y el coste de la tramitación dependen de la planificación de cada provincia y municipio, selecciona tu zona para iniciar la Fase 1 (Viabilidad) con un presupuesto ajustado a las tasas locales.
Preguntas Frecuentes sobre la Normativa HUT en Cataluña
¿Tengo que obtener una nueva Licencia si mi HUT ya estaba registrada? Si tu vivienda está en uno de los 262 municipios afectados por el DL 3/2023, sí. Tienes un plazo de cinco años desde la entrada en vigor del Decreto Ley para obtener la nueva licencia urbanística (si el POUM lo permite) o, alternativamente, cesar la actividad.
¿Cuáles son las multas por operar sin Título Habilitante en Cataluña? Las sanciones son severas. La normativa establece que ejercer la actividad sin el título habilitante puede conllevar:
Infracción Grave: Multa de entre 3.001 y 60.000 euros (si se cumplen los requisitos, pero no se tiene el título).
Infracción Muy Grave: Multa de entre 60.001 y 600.000 euros (si no se cumplen los requisitos para la habilitación).
¿Tengo que cobrar la tasa turística autonómica? Sí. Cataluña aplica el «impost sobre les estades en establiments turístics» (impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos). Este impuesto debe cobrarse al huésped.
